martes, 21 de octubre de 2008

ARIEL GALLINGER PROPONE ACUERDO PARA TRATAMIENTO DE RESIDUOS

CARTA INTENCIÓN SOBRE POLITICA DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS EN LA COMARCA VIEDMA - PATAGONES

Que resulta necesario establece con certeza los parámetros dentro de los cuales se fijaran las políticas públicas de tratamientos de residuos, tanto en Viedma como en la ciudad de Carmen de Patagones.

Los antecedentes jurídicos de la presente están dados por las conclusiones de la Conferencia de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible – Río de Janeiro 1992.
Por la Ley Nacional 25916/04 de Gestión Integral de Residuos Domiciliarios, Capítulo I, artículo 10.

En la ciudad de Viedma están dados por la Ordenanza 3408; de creación de la Comisión de Promoción de la instalación, en la Comarca Viedma Patagones, de un sistema de tratamiento de residuos sólidos urbanos; por los artículos 24º, 25º y 29º de la Carta Orgánica Municipal, como por los proyectos de ordenanzas presentados al respecto.

Asimismo, en la ciudad de Carmen de Patagones, los antecedentes jurídicos están dados por la Ley Orgánica de Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

Los Cuerpos Deliberativos de ambas ciudades firmaron el 22 de abril del 2008 un acuerdo marco por el cual se comprometieron a implementar políticas comunes en relación a distintos temas, entre otros relativos a la protección del medio ambiente.

En cuanto a los antecedentes de acciones políticas desarrolladas hasta el momento en ambas ciudades, están dadas por la adquisición e instalación de una cinta de clasificación de residuos en la Ciudad de Carmen de Patagones, en tanto que en lo que respecta a la ciudad de Viedma, las mismas han consistido en la adquisición e instalación de numerosos contenedores verdes y rojos, a los fines de la clasificación de residuos, y el inicio de una campaña de concientización de la población.

Que resulta necesario establecer un marco normativo, con objetivos comunes a ambas ciudades, que determine con claridad una política de estado común a toda la comarca, en relación al tema residuos sólidos urbanos.

POR ELLO:
Autor: Concejal ARIEL GALLINGER
Firmantes:

LOS EJECUTIVOS MUNICIPALES Y LOS CONCEJOS DELIBERANTES DE LAS CIUDADES DE VIEDMA Y CARMEN DE PATAGONES
SUSCRIBEN LA PRESENTE CARTA ACUERDO DE INTENCIÓN:

OBJETIVO: La presente CARTA ACUERDO tiene por objeto establecer el conjunto de pautas, principios, obligaciones y responsabilidades para la Gestión de los Residuos Domiciliarios Urbanos que se generen en el ámbito de la Comarca Viedma – Carmen de Patagones, de tal forma de garantizar condiciones sanitarias y ambientales adecuadas, a fin de proteger el medio ambiente.

OBJETIVOS ESPECIFICOS: Son objetivos específicos de la presente Ordenanza:a) Promover la reducción del volumen y la cantidad total de residuos urbanos que se producen.
b) Desarrollar material de difusión para concientizar a la población, respecto de los problemas ambientales que los residuos generan y posibles soluciones, como así también el desarrollo de programas de educación ambiental.
c) Promover un adecuado y racional manejo de los residuos urbanos, a fin de preservar los recursos ambientales.
d) Promover el aprovechamiento de los residuos urbanos.
e) Promover la articulación de emprendimientos, generando puestos de trabajo en para los sectores más carenciados de nuestras ciudades.
f) Fomentar la participación de empresas pequeñas y medianas.
g) Proteger y racionalizar el uso de los recursos naturales a largo y mediano plazo.
h) Incentivar e intervenir para propender a la modificación de las actividades productivas y de consumo que generen residuos difíciles o costosos de tratar, reciclar y reutilizar.
i) Fomentar el consumo responsable, concientizando a los ciudadanos sobre aquellos objetos o productos que, estando en el mercado, sus materiales constructivos, envoltorios o presentaciones generen residuos voluminosos, costosos y difíciles de disponer.
j) Promover a la industria y al mercado de insumos o productos obtenidos del reciclado.
k) Fomentar el uso de objetos o productos en cuya fabricación se utilice material reciclado o que permita la reutilización o reciclado posterior.
l) Promover la participación de cooperativas y organizaciones no gubernamentales en la recolección y reciclado de los residuos.

CAMPAÑA EDUCATIVA
Ambos municipios se comprometen a lanzar una campaña publicitaria, informativa y de educación común y coordinada para toda la comarca, a fin de alentar los cambios de hábitos en los habitantes de la comarca y los beneficios de la separación en origen y la recolección diferenciada de los residuos sólidos urbanos, promoviendo:
La reducción en la generación de basura y la utilización de productos más duraderos o reutilizables.
La separación y el reciclaje de productos susceptibles de serlo.
La separación y el compostaje y/o biodigestión de residuos orgánicos.
La promoción de medidas tendientes al reemplazo gradual de envases descartables por retornables, así como la separación de los embalajes y envases para ser recolectados por cuenta y cargo de las empresas que los utilizan, en forma independiente de la recolección general.
La difusión publicitaria se articulará con una continua campaña de educación, a ser desarrollada a través de las áreas específicas de cada municipio en todas las escuelas de la comarca.

CLASIFICACIÓN EN ORIGEN
Ambos municipios, se comprometen a impulsar la clasificación en origen de los residuos sólidos urbanos de acuerdo al siguiente detalle.

a) RESIDUOS ORGÁNICOS
Se entiende por residuos urbanos ORGÁNICOS a todo aquel material proveniente de los desperdicios alimenticios (como cáscaras y recortes de frutas y verduras, desperdicio de café, cáscaras de huevo, restos de alimentos, etc.).

b) RESIDUOS INORGÁNICOS
Se entiende por residuos urbanos INORGÁNICOS a todo aquel material residual proveniente de materias inorgánicas y/o no alimenticias, (por ejemplo el vidrio, plástico, cartones, papeles, bolsas de plásticos, metales, ropa, calzado, artículos de perfumería, etc.) y todos sus derivados.

RECOLECCIÓN
Ambos municipios se comprometen a impulsar, en el más breve plazo posible, la recolección de los residuos urbanos en forma diferenciada, según se trate de residuos orgánicos o inorgánicos.


CONTENEDORES
Los Municipios tenderán a la instalación progresiva, de acuerdo a sus posibilidades económicas, y a los sistemas de recolección implementados en cada ciudad, de contenedores de colores Verdes para residuos orgánicos y Rojos para residuos inorgánicos, con el objetivo que en el menor plazo posible se logre reemplazar el sistema de recolección domiciliario, por un sistema centralizado a través de dichos contenedores

DISPOSICIÓN FINAL
Ambos municipios acuerdan que hasta, tanto las Municipalidades cuenten con una planta de Tratamiento de Residuos, los mismos serán depositados en el predio que cada municipio disponga, en celdas diferentes según se trate de residuos orgánicos o inorgánicos, previamente impermeabilizadas y luego tapadas inmediatamente con tierra.
Ambos municipios establecen que queda terminantemente prohibida la incineración a cielo abierto de los residuos, en todo el ámbito de la comarca.

PLANTA DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS:
Establécese como objetivo común, la licitación e instalación de una planta de tratamiento de residuos para toda la comarca.
Ambos municipios, requerirán la apoyatura técnica y económica de los gobiernos provinciales respectivos, y será autoridad de control del avance de la misma, la comisión de Medio Ambiente creada el 22 de abril del 2008.

REDUCCIÓN DE RESIDUOS
Ambos municipios implementaran acciones concretas tendientes a ir paulatinamente reemplazando la utilización de envases plásticos, tetra brik, y todo tipo de envases o envoltorios descartables, por envases retornables.

CONVENIOS
Ambos municipios deberán comunicar a la comisión creada el 22 de abril del 2008, todas las acciones que implementen en su jurisdicción, tendientes al cumplimiento de los objetivos que se establecen en esta norma.
Dicha comisión deberá reunirse como mínimo una vez por mes, y tendrá la función de aconsejar a los municipios las acciones políticas a implementar, a los fines de alcanzar los objetivos propuestos.